El secretario general de los socialistas Paco Reyes explica que el exconsejero andaluz Gaspar Zarrías pasó “uno de los momentos más duros de su vida” al pedir la baja en el partido tras conocer que iba a ser procesado por el caso de los ERE. En una rueda de prensa en Jaén, Reyes ha dicho que Zarrías es “ejemplo de compromiso y honradez”.
Zarrías es eterno en el PSOE andaluz y jienense. Lo mamó desde la cuna. Estuvo en Suresnes, de chaval. Estuvo en todas partes. Estaba los viernes en Jaén, de maratón. Cuarenta años de militancia. Reyes destaca de él que ha aprendido “la cultura del trabajo, de echarle horas a esto, compromiso de trabajar desde la normalidad, la sencillez y desde la honradez”.
Según el auto de procedimiento abreviado, “como responsable del gobierno de la comunidad, impulsó la implantación del procedimiento para la distribución de ayudas y subvenciones, conociendo tanto los mecanismos destinados a ello, transferencias de financiación y modificaciones presupuestarias, como la falta de un procedimiento dotado de las mínimas y elementales garantías para el reparto de ayudas y subvenciones. De acuerdo con este impulso aprobó, en su condición de miembro del Consejo de Gobierno, las modificaciones presupuestarias relativas a los programas 22E y 31L. Igualmente, en esa misma condición, aprobó los proyectos de presupuestos de la Comunidad Andaluza para los ejercicios 2002 a 2009, pese a que contenían de manera inadecuada las transferencias de financiación de la Consejería de Empleo hacia IFA-IDEA. En ambos casos la actuación se llevó a cabo con conocimiento de que el procedimiento para la concesión de ayudas y subvenciones era irregular, en los términos expuestos anteriormente, así como de que los mecanismos que se empleaban para dotar de fondos a IFA-IDEA, a los efectos de que actuase como pagador de las ayudas y subvenciones, eran también irregulares. Como responsable de los denominados “consejillos” tuvo conocimiento del convenio marco de 2001, de los procesos de modificación presupuestaria y de los dos proyectos de orden y tres de decreto con las que se trató de establecer un régimen para la concesión de ayudas sociolaborales, que terminase con la situación 20 creada, dotando al sistema de una regularidad jurídica que superase los defectos expuestos, a pesar de lo cual no adoptó medida alguna para la modificación del régimen. El Sr. Zarrías asumió la eventualidad de que los fondos vinculados a este procedimiento fuesen objeto de disposición discrecional, si no arbitraria, e, incluso, con fines ajenos a los intereses generales a los que estaban destinados, eludiendo la fiscalización previa de la Intervención General de la Junta de Andalucía, omitiendo el régimen aplicable en relación a la autoridad competente para la concesión de la subvención, con ausencia de bases reguladoras de la subvención, así como de convocatoria pública para su conocimiento por todo interesado en acceder a ella, con falta de control del cumplimiento, por parte del perceptor de la subvención, de los presupuestos o condiciones para disfrutar de la ayuda y con ausencia de un control posterior del destino dado a la subvención”.
El segundo jienense procesado es el carolinense Francisco Vallejo. Un clásico de los gobiernos de Chaves. Hoy se ha metido a empresario e intenta relanzar un proyecto en el Parque de Santana. Está siendo investigado también por el caso Invercaria.
El auto de procesamiento dice de él: “En su condición de titular de la Consejería de Innovación, de la que dependía IFA-IDEA, impulsó los anteproyectos de presupuestos de los años 2005 a 2009, y como miembro del Consejo de Gobierno aprobó los proyectos de presupuestos de la Comunidad Andaluza para esos ejercicios, pese a que en ellos se contenían de manera inadecuada las transferencias de financiación de la Consejería de Empleo hacia IFA-IDEA. En esa misma condición aprobó, las modificaciones presupuestarias relativas al programa 31L. En todos los casos la actuación se llevó a cabo con conocimiento de que el procedimiento para la concesión de ayudas y subvenciones era 27 irregular, en los términos expuestos anteriormente, así como que los mecanismos que se empleaban para dotar de fondos a IFA-IDEA, a los efectos de que actuase como pagador de las ayudas y subvenciones, eran también irregulares. Como presidente del IFA-IDEA desde abril de 2004 hasta abril de 2009, asumió la exigua dación de cuentas al Consejo Rector del Instituto respecto de los convenios particulares que se venían firmando con el Director General de Trabajo, sabiendo que éste carecía de competencia para otorgar tales ayudas y que se daba una total irregularidad en el procedimiento de concesión de ayudas y subvenciones y, para eludir esta dación en los supuestos de ayudas sociolaborales, participó del criterio de considerar que las mismas debían fijarse en atención a la suma percibida por cada trabajador y no de la cuantía total concedida por cada empresa. Omitió el deber de trasladar a los miembros del Consejo Rectorlos informes que se estaban presentando por la Intervención General de la Junta de Andalucía referentes al “procedimiento específico”, en los que se denunciaban sus irregularidades, señalando, entre otras cosas, que se estaba prescindiendo de manera total y absoluta del procedimiento establecido en el Art. 107 de la Ley 5/83 General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía para la concesión de subvenciones, al tiempo que indicaban que el cambio de procedimiento administrativo para la gestión de estas cantidades trascendía a aspectos como el régimen de fiscalización, justificación de la actuación y pago, indicando el diferente trato aplicable a los casos de transferencia, más laxo que el propio de la subvención, a los efectos de control tanto de la concesión, como del ulterior destino de las cantidades recibidas. Por otra parte, omitió su deber de constituir la comisión de seguimiento de los convenios celebrados con la Dirección General de Empleo, pese a estar así previsto en el convenio marco, en virtud del cual firmaba los convenios particulares. En última instancia, permitió que IFA-IDEA fuese empleado como caja pagadora de subvenciones y ayudas a sabiendas de que no podía obrar como tal en los supuestos de subvenciones excepcionales, así como de que no se daban los presupuestos y requisitos legales en los expedientes de subvención. 28 El Sr. Vallejo aceptó que los fondos vinculados a este procedimiento fuesen objeto de disposición discrecional, si no arbitraria, e, incluso, con fines ajenos a los intereses generales a los que estaban destinados, eludiendo la fiscalización previa de la Intervención General de la Junta de Andalucía, omitiendo el régimen aplicable en relación a la autoridad competente para la concesión de la subvención, con ausencia de bases reguladoras de la subvención, así como de convocatoria pública para su conocimiento por todo interesado en acceder a ella, con falta de control del cumplimiento, por parte del perceptor de la subvención, de los presupuestos o condiciones para disfrutar de la ayuda y con ausencia de un control posterior del destino dado a la subvención”.

Hay un tercero, del que apenas se ha hablado. Es Antonio Lozano Peña, de Marmolejo. Profesor del Departamento de Teoría e Historia Económica de la Universidad de Málaga. Premio de Estudio Turísticos del Liceo en 1988 y Premios Andalucía 1995 de Economía y Hacienda Autonómica. Director General de Presupuestos del 21 de abril de 2002 al 26 de abril de 2009. Fue número 2 de Susana Díez cuando la lideresa solo despuntaba de consejera. Aunque está implicado en los ERE por su trabajo junto a Magdalena Álvarez en Hacienda.
Según el auto de Álvaro Martín, “en su condición de Director General de Presupuestos y en el desempeño de sus competencias, asumiendo el desarrollo del sistema ideado, promovió el mantenimiento de este procedimiento para la distribución de ayudas y subvenciones, conociendo tanto los mecanismos destinados a ello, transferencias de financiación y modificaciones presupuestarias, como la falta de un procedimiento dotado de las mínimas y elementales garantías para el reparto de ayudas y subvenciones. Esta actuación la verificó desde el área de la que era responsable, en la que se residenciaba la competencia para la elaboración del Anteproyecto de la Ley de Presupuestos y para la tramitación de las modificaciones presupuestarias, lo cual conllevaba su participación directa en las modificaciones presupuestarias, así como en la formulación de los presupuestos. De este modo sería directamente responsable del mantenimiento de la aplicación 440.01 y de la manipulación de los presupuestos de IFA-IDEA con el fin de dar cabida a las transferencias de financiación, en el modo ya explicado, así como de las modificaciones presupuestarias de ese periodo que permitieron dotar de fondos al sistema. En todos los casos la actuación se llevó a cabo con conocimiento de que el procedimiento para la concesión de ayudas y subvenciones era irregular, en los términos expuestos anteriormente, así como de que los mecanismos que se empleaban para dotar de fondos a IFA-IDEA, a los efectos de que actuase como pagador de las ayudas y subvenciones, eran también irregulares. El Sr. Lozano asumió así, cuando menos, la eventualidad de que los fondos vinculados a este procedimiento fuesen objeto de disposición discrecional, si no arbitraria, e, incluso, con fines ajenos a los intereses generales a los que estaban destinados, eludiendo la fiscalización previa de la Intervención General de la Junta de Andalucía, omitiendo el régimen aplicable en relación a la autoridad competente para la concesión de la subvención, con ausencia de bases reguladoras de la subvención, así como de convocatoria pública para su conocimiento por todo interesado en acceder a ella, con falta de control del cumplimiento, por parte del perceptor de la subvención, de los presupuestos o condiciones para disfrutar de la ayuda y con ausencia de un control posterior del destino dado a la subvención”.
La foto es de la Junta de Andalucía.